Objetivo:
Valorar las
condiciones psicofísicas de los conductores. Para determinar su aptitud o no
para la conducción. Así como la necesidad de imponer adaptaciones,
restricciones o limitaciones.
No
es función de este tipo de reconocimientos médicos en Zaragoza llegar a un diagnóstico, ni
tampoco efectuar pruebas, exámenes o exploraciones mas especializadas.
Actualmente
rige las aptitudes psicofísicas requeridas para obtener o prorrogar la vigencia
del permiso o licencia de conducir, el Real Decreto 1055/2015, de 20 de
Noviembre, emitida por el Ministerio del Interior en el BOE número 279 y que
modifica el Reglamento General de Conductores, aprobado por el real decreto
818/2009 del 8 de Mayo de 2009.
El Reconocimiento Médico, consiste en:
A.
Anamnesis:
Interrogatorio acerca de antecedentes sobre cirugías, enfermedades familiares y
personales. De igual manera se interrogará sobre la toma de medicación,
problemas para dormir, desmayos o mareos.
Existen
ciertas enfermedades que requieren un informe médico por parte de su médico
tratante, por ejemplo en la Diabetes, esto para que exista una constancia de
que se está realizando un seguimiento y control adecuado de la enfermedad.
Si
bien es cierto que existen enfermedades que son indicación para restricciones
tanto en años de validez del permiso de conducir; como en adaptaciones en el
coche. Se debe tener en cuenta que estas son necesarias tanto para su bienestar
como para el de todos los que le rodean. Es por ello que usted deberá ser lo
más sincero posible.
B.
Evaluación Física:
Que incluye:
1.
Agudeza
visual.
Para cerca y lejos.
2.
Capacidad
Auditiva.
Mediante
Audiometría tonal.
3. Sistema
Locomotor.
Se comprobará la motilidad y la fuerza muscular, así como que ninguna
alteración impida la posición adecuada para conducir o un manejo eficaz de los
mandos del vehículo, midiendo la fuerza muscular en las manos con un
dinamómetro de Collin. También se apunta la talla y peso.
4. Sistema
Cardiovascular. Mediante una auscultación cardíaca,
toma de la tensión arterial, frecuencia y ritmo cardíacos. También se evaluará
saturación de oxígeno con un oxímetro de pulso.
Para
completar el informe psicofísico necesario para tramitación de cualquier
permiso de conducción (expedición, renovación, canje o recuperación) se realiza
una segunda parte, la exploración psicológica. En ella se complementan los
siguientes apartados:
A.
Anamnesis psicológica: a
través de la observación directa por parte del profesional y la resolución de
distintas cuestiones se busca conocer posibles antecedentes o problemáticas de
índole psicológico (trastornos mentales o de conducta, revisión de
medicación...)
B.
Actitud perceptivo-motora: incluye
una batería de pruebas que buscan medir la actitud perceptivo-motora de la
persona. Fundamental conocer la coordinación bimanual del sujeto (es decir, el
tiempo que se tarda en calcular con la vista la distancia para regular el
movimiento de nuestra mano) .Otras de las pruebas sería, por ejemplo, medir la
velocidad de anticipación de la persona ante un estimulo.
Para
poder completar el informe satisfactoriamente es necesario que todos apartados
tengan como dictamen la consideración de apto o apto con restricciones. Pueden
existir restricciones, derivadas de alguna patología, pero que si están
controladas por un profesional no tiene por qué afectar para la obtención o
renovación del carnet de conducir.
No hay comentarios:
Publicar un comentario